TESTIMONIO: VISTO: El creciente hallazgo de restos fósiles de gran valor científico en el territorio del Partido, y CONSIDERANDO: Que dichos hallazgos pueden dar lugar a que particulares sin la formación profesional correspondiente o con un interés comercial personal, per-judiquen el patrimonio de propiedad de todos los balcarceños. Que es deber de las autoridades municipales evitar tal depredación y cuidar que esos hallazgos enriquezcan nuestro museo. Que a fin de asegurar tal protección es necesario declarar de uti-lidad pública las piezas arqueológicas o paleontológicas que, se encuentren en cualquier excavación realizada dentro de los límites del Partido, permitiendo la apropiación por parte de la Municipalidad. Que es necesario autorizar al Departamento Ejecutivo a suscribir convenios con diferentes universidades u organismos especialistas en el tema, a fin de impulsar tareas de investigación, promoción y preservación de tal patri-monio. POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A Nº 221/95 ------------------------------------ ARTICULO 1.- Decláranse de interés patrimonial municipal a todas las piezas y ------------ yacimientos arqueológicos y paleontológicos, de acuerdo a lo así denominado por la legislación nacional y provincial y su reglamentación, que se encuentren ubicados dentro del Partido de Balcarce.---------------------------- ARTICULO 2.- Queda absolutamente prohibida la venta y comercialización de las ------------ piezas relacionadas con lo dispuesto por el artículo anterior.---- ARTICULO 3.- Se prohíbe asimismo cualquier intervención en los yacimientos cita------------- dos en el Artículo 1º, si no es realizada o supervisada por profe-sionales con título habilitante o persona de idoneidad probada, previa autoriza-ción competente.---------------------------------------------------------------- ARTICULO 4.- No se permitirán construcciones de ningún tipo en las sierras, tie------------- rras circundantes o cualquier predio del dominio o administración municipal en los que se presuma que pueda haber existencia del material descrip-to en el Artículo 1º, sin un previo estudio de impacto y posterior dictamen de profesionales competentes.----------------------------------------------------- ARTICULO 5.- Decláranse de utilidad pública y pasibles de apropiación por parte ------------ de la Municipalidad, para su conservación, a las piezas arqueoló-gicas o paleontológicas que se encuentren en cualquier excavación realizada den-tro de los límites del Partido, las que serán enviadas al Museo Municipal de Historia para la confección de su inventario y hasta tanto se les dé destino de-finitivo.----------------------------------------------------------------------- ARTICULO 6.- Autorízase el canje de fósiles a nivel institucional ya sea de pie------------- zas individuales o colecciones, previa aprobación por parte del Ho-norable Concejo Deliberante de los respectivos convenios.----------------------- ARTICULO 7.- El Departamento Ejecutivo tramitará y suscribirá los convenios con ------------ los organismos oficiales competentes, Universidades, CONICEF, CIC, etc., a fin de impulsar tareas de investigación, promoción y preservación del patrimonio arquelógico y paleontológico, coordinará competencias y atribuciones, y planificará acciones educativas.---------------------------------------------- ARTICULO 8.- El Departamento Ejecutivo arbitrará los medios a su alcance para el ------------ recupero de piezas, citadas en el Artículo 1º, que ya hayan salido de la órbita de su jurisdicción, a fin de devolverlas al patrimonio de este Mu-nicipio.------------------------------------------------------------------------ ARTICULO 9.- En caso de infracción a lo dispuesto en la presente Ordenanza se e------------- fectuará el inmediato decomiso de las piezas, que serán destinadas al Museo Municipal de Historia o a alguna institución Nacional o Provincial que garantice su salvaguarda y se impondrán multas que se graduarán entre uno y diez salarios mínimos del empleado municipal.---------------------------------------- ARTICULO 10- Cúmplase, comuníquese, regístrese y publíquese.-------------------- ------------ DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en Sesión Espe-cial, a los treinta días del mes de noviembre de mil novecientos noventa y cin-co. FIRMADO: Liliana E. Carrozzi - PRESIDENTA - Juan José Troya - SECRETARIO.--